Carta de Derechos de las personas con Trastornos del Espectro del Autismo, adoptada por el Parlamento Europeo el 9 de Mayo de 1996, deseamos incidir en los siguientes puntos:
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Las personas con Síndrome de Asperger tienen derecho a acceder a terapias y profesionales que les ayuden y provean de las herramientas necesarias para poder tener un desenvolvimiento normal en el entorno social. Siempre en igualdad de condiciones y sin la existencia de trabas burocráticas y/o administrativas y sin que aspectos de índole económica les coarten el acceso pleno a estos medios a los que tienen derecho para tener una intervención de carácter socio-sanitario.
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Las personas con Síndrome de Asperger tienen derecho al pleno acceso a la salud, teniendo adaptadas las necesidades que, por la particularidad de su condición, le sean imprescindibles para un uso adecuado y adaptado de los recursos sanitarios.
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Las personas con Síndrome de Asperger tienen derecho a acceder a una educación de calidad y adecuada a sus necesidades. A disponer de todos los medios para que el derecho a la educación no se vea coartado por aspectos de índole ideológica, siendo tenidos en cuenta en todo momento como ciudadanos dignos y de pleno derecho. Poniendo las administraciones públicas los medios necesarios para que se cumpla uno de los principios básicos del derecho a la educación, que es una educación basada en una inclusión plena de la persona en el grupo escolar.
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Las personas con Síndrome de Asperger tienen derecho a que su dignidad e integridad sea preservada y protegida por los instrumentos de los Estados, de forma que vea en los mismos un mecanismo de defensa ante las agresiones a las que se vea sometido por mor de su propia condición desde el primer momento de su vida, esto es: Defensa ante situaciones de acoso escolar, sea este acoso del tipo que sea; Defensa ante situaciones de segregación o exclusión para poder acceder a la educación en todas sus fases en igualdad de condiciones; Defensa ante situaciones de injusticia social frente al acceso en igualdad de condiciones a un empleo digno y con una remuneración justa.
- Las personas con Síndrome de Asperger tienen derecho al reconocimiento pleno de su diferencia y su aceptación social.
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Las personas con Síndrome de Asperger tienen derecho a decidir sobre su propia vida sin necesidad de tener que contar con el concurso de terceros a la hora de estas decisiones trascendentales.
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